Traslado entre sistemas

TRASLADO ENTRE SISTEMAS

Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (Ley Nº32123)

A partir del 1 de junio de 2027 podrás trasladarte entre el Sistema Privado de Pensiones (SPP) y el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), con mayor flexibilidad y de manera voluntaria e informada.

SPP

Administrado por Empresas Administradoras de Fondos (EAF).

Pueden ser entidades del sistema financiero y de seguros, y AFP.

SNP

Administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Entidad del Estado.

Conoce cómo funciona el traslado y qué debes tener en cuenta.

¿Qué tipos de traslados podrás realizar?

De la ONP a una EAF

Durante el trámite, se revisarán tus aportes y se emitirá una constancia para hacer efectivo el traslado. En este caso, tus aportes no irán a la EAF inmediatamente.

De una EAF a la ONP

En el proceso, se revisarán tus aportes, el saldo en tu fondo, entre otros datos. Si confirmas el traslado, tu fondo de pensiones, que está a tu nombre, será transferido al fondo común de la ONP.

Ten en cuenta:

Antes de tomar la decisión, recibirás información sobre ambos sistemas, las condiciones que aplican sobre los meses de aportes que has acumulado, que son denominados Unidades de Aporte (UdAs), entre otros aspectos relevantes para que puedas evaluar cuál es la mejor opción para ti.

Conocer el número de UdAs que acumulaste permite saber si podrías acceder a la pensión mínima o proporcional con respaldo del Estado.

No es indispensable trasladarte de tu EAF a la ONP para acceder a estas pensiones. Como afiliado a una EAF, también podrás solicitar estas pensiones si cumples los requisitos establecidos.

Solo para el traslado de una EAF a la ONP se aplica un descuento en las UdAs, ya que existe diferencia en el porcentaje que se aporta para la pensión (EAF: 10% | ONP: 13%).

Ejemplo: 1 UdA en la EAF será considerada como fracción de UdA en la ONP (menos de 1 UdA).

Al pasar de una EAF a la ONP, todo tu fondo acumulado en tu Cuenta Individual de Capitalización (CIC) se transferirá al fondo común de la ONP. Esto incluye tus aportes y la rentabilidad obtenida, de tu cuenta a aportes obligatorios (los que haces cada mes).

Tus aportes voluntarios con fin previsional (para la pensión), permanecerán en tu EAF para seguir creciendo con la rentabilidad y serán transferidos a la ONP en tu jubilación.

Podrás hacer el primer traslado en cualquier momento. Para posteriores traslados, deberás permanecer al menos 2 años en el sistema al que estés afiliado.

No podrás solicitar el traslado si ya recibes una pensión de jubilación o invalidez (enfermedad o accidente que reduce la capacidad para trabajar).

¿Cómo solicitar el traslado?

(A partir del 1 de junio de 2027)

1. Recibe información y asesoría

A través de sus canales de atención, la ONP te brindará orientación sobre los sistemas de pensiones, así como las condiciones, requisitos e implicancias del traslado.

2. Presenta tu solicitud en la PAST

Podrás iniciar el proceso registrando tus datos en la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), el canal que habilitará el Estado para registrar, validar y dar seguimiento al trámite.

Tendrás acceso a un boletín informativo y deberás confirmar su lectura para continuar. Posteriormente, podrás completar el formulario de traslado incluyendo tus datos de contacto (correo y celular). La PAST validará tu información. Si todo es correcto, generará un preregistro para que lo revises y confirmes. Al dar tu conformidad, la PAST registrará tu solicitud de traslado.

3. Espera la evaluación

La ONP revisará tu información, verificará tus aportes y determinará si corresponde continuar con el traslado. También evaluará si, por tu edad y las Unidades de Aporte (UdAs) acumuladas, podrías acceder a una pensión mínima o proporcional con respaldo del Estado.

Si el traslado procede, en un plazo máximo de 30 días hábiles, la ONP emitirá un reporte y una constancia de traslado, notificándote a ti, a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y a la Empresa Administradora de Fondos (EAF), mediante la PAST, según corresponda.

4. Concluye el traslado

Desde el día siguiente de la emisión de la constancia, estarás afiliado a la EAF y empezarás a hacer tus aportes a partir del mes siguiente.

Ejemplo:

Ejemplo de traslado de la ONP a una EAF Ejemplo de traslado de la ONP a una EAF

¿Mis aportes pasarán de la ONP a la EAF?

No. La ONP no trasladará a la EAF el dinero de tus aportes, pero sí mantendrá el registro de estos en caso solicites la pensión mínima o proporcional.

Luego del traslado, podrás solicitar a la ONP un Bono de Reconocimiento (BdR), un mecanismo que reconoce tus aportes a dicha entidad, siempre que cumplas los requisitos establecidos.

Según la normativa vigente:

Si accedes a un BdR, la ONP trasladará a tu EAF el monto reconocido cuando te jubiles, seas declarado con invalidez total permanente o ante tu fallecimiento.
La ONP cuenta con 3 tipos de BdR que reconocen los aportes realizados solo hasta el año 2001 y solo podrás acceder a un bono.
Los aportes realizados a partir de 2002 hasta la actualidad no cuentan con un BdR vigente, por lo que esos aportes permanecen en el fondo común de la ONP. La ley que incorporaría este nuevo bono aún debe ser reglamentada.

1. Recibe información y asesoría

Para que evalúes cuál es la mejor opción para ti, tu Empresa Administradora de Fondos (EAF) te brindará información sobre:

  • Las características y beneficios de ambos sistemas.
  • Los requisitos, condiciones, plazos e implicancias del traslado.
  • Los detalles de tu situación previsional y tus Unidades de Aporte (UdAs).

Importante: en este traslado se aplicará un descuento en tus UdAs por la diferencia en el porcentaje que se aporta para la pensión (EAF: 10% | ONP: 13%). Por ejemplo, 1 UdA en la EAF será considerada como fracción de UdA en la ONP (menos de 1 UdA).

2. Presenta tu solicitud ante tu EAF

Si decides hacer el traslado, podrás iniciar el trámite presentando tu solicitud ante tu EAF, confirmando haberte informado previamente.

Tu EAF revisará la información y te notificará si hubiera alguna observación por resolver.

3. Espera la validación

El proceso continuará en la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), el canal que habilitará el Estado para registrar, validar y dar seguimiento al trámite.

Tu EAF ingresará tu solicitud y el reporte de tu situación previsional, incluyendo información sobre tus aportes, el saldo de tu cuenta, los retiros realizados y otros datos relevantes.

Luego, la ONP emitirá un reporte en el que, entre otros aspectos, se detallarán las Unidades de Aporte (UdAs) que te serán reconocidas, habiendo aplicado el descuento correspondiente.

4. Da tu conformidad

Tu EAF te hará llegar el reporte de la ONP para que lo revises. Tendrás hasta 30 días hábiles para comunicar a tu EAF tu decisión:

  • Si no respondes, el traslado no procederá.
  • Si estás de acuerdo, tu EAF registrará tu conformidad en la PAST.

5. Concluye el traslado

Luego de registrar tu conformidad, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitirá la constancia de traslado. Al día siguiente, ingresarás a la ONP y empezarás a hacer tus aportes a partir del mes siguiente.

Ejemplo:

Ejemplo de traslado de una EAF a la ONP Ejemplo de traslado de una EAF a la ONP

Además, luego de emitida la constancia de la SBS, tu EAF hará los trámites para transferir el dinero de tu cuenta individual de aportes obligatorios (aportes + rentabilidad obtenida) al fondo común de la ONP.

Tu cuenta de aportes voluntarios con fin previsional (para la pensión) y sin fin previsional (para otros fines y de libre disponibilidad) se quedará en la EAF, a tu nombre, y seguirá creciendo con la rentabilidad. Al jubilarte, tus aportes voluntarios con fin previsional serán transferidos a la ONP.

Preguntas frecuentes

Podrás solicitar el traslado entre el SPP y el SNP a partir del 1 de junio de 2027.

Podrás realizar tu primer traslado en cualquier momento. Para posteriores traslados, deberás permanecer al menos 2 años en el sistema al que estés afiliado.

No. El traslado es una decisión personal y voluntaria. Antes de decidir, recibirás información sobre ambos sistemas y las condiciones aplicables.

Son los meses de aportes que realizaste durante tu vida laboral. En la EAF, esto incluye tus aportes obligatorios (10% de tu sueldo mensual), aportes voluntarios con fin previsional y otros mecanismos que establece la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (Ley Nº32123).

Las UdAs permiten determinar, entre otros aspectos, si puedes acceder a una pensión mínima o proporcional con respaldo del Estado.

Se aplica un descuento de UdAs únicamente en el traslado de una EAF a la ONP. Esto se debe a que el porcentaje de aporte para la pensión es diferente (EAF: 10% | ONP: 13%). Por ejemplo, 1 UdA en la EAF será considerada como fracción de UdA en la ONP (menos de 1 UdA).

Tu cuenta de aportes obligatorios (aportes y rentabilidad obtenida) será transferida al fondo común de la ONP.

Tu cuenta de aportes voluntarios con fin previsional (para la pensión) y sin fin previsional (para otros fines y de libre disponibilidad) permanecerá en la EAF a tu nombre y seguirá creciendo con la rentabilidad. Al jubilarte, tus aportes voluntarios con fin previsional serán transferidos a la ONP.

No. Si ya recibes una pensión de jubilación o por invalidez (accidente o enfermedad que reduce tu capacidad para trabajar), no podrás solicitar el traslado entre sistemas.

No. El proceso de traslado entre sistemas o la orientación que te brindará tu Empresa Administradora de Fondos (EAF) o la ONP, son completamente gratuitos.